viernes, 17 de abril de 2009

SUCESION TESTADA

Se denomina sucesión testada a aquella sucesión hereditaria en la que el fallecido ha dejado constancia de su voluntad mediante un testamento.
A través del testamento, el causante puede expresar su parecer sobre el destino que van a recibir sus bienes tras su muerte, y con ello puede modificar en parte lo que establece la Ley.
En el testamento se puede:
• Nombrar herederos diferentes de los establecidos en la Ley. Los herederos son sucesores generales de un porcentaje de la herencia.
• Nombrar legatarios para recibir unos bienes concretos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario